Es Urgente presentar el proceso para parar las Ejecuciones Públicas!!!!

Exoneración deudas publicas

Información para exonerar deudas publicas

Nombre
Hacienda, Seguridad social, Ayuntamientos, Comunidades
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.
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La ley solo prevé la exoneración de 10.000 €  por seguridad social y 10.000 € por Agencia Tributaria, pero con la aceptación en el juzgado del proceso Segunda Oportunidad se produce la suspensión de las ejecuciones de crédito público hasta que:

  • Se obtenga la exoneración total o parcial si es el caso 
  • Se obtenga un plan de pagos

El juzgado tendrá que determinar, si es el caso, qué cantidad concreta queda exonerada y cual no. 

Del importe no exonerado, puede plantearse a la AEAT o a la TGSS, tras la conclusión del procedimiento, un fraccionamiento de aquello no exonerado a fin de conseguir que no continúen los embargos.

Además, el límite de 10.000 € está en debate en el tribunal de justicia de la Unión Europea y es cuestión de tiempo que marque la nueva reglamentación para la exoneración parcial de importes más altos o exoneración total como se ha solicitado.

De momento no quiero solicitar el proceso segunda oportunidad, pero sí quiero estar informado de las resoluciones del tribunal de justicia de la Unión Europea referentes a la exoneración de las deudas públicas:

Si tienes todo tipo de deudas y quieres que te digamos si se pueden cancelar todas o parte: